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NO SE PUEDE EJERCER JUSTICIA FUERA DE LA LEY: MENDÍVIL

Mexicali, B.C.- Los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PRI, René Mendívil y del Partido Verde, Fausto Gallardo, aseguraron que ante la solicitud de juicio político en contra de los ex alcaldes Francisco Pérez Tejada y Enrique Pelayo, fueron rechazados al prescribir la facultad del Congreso del Estado para iniciar el procedimiento.\r\n“No se puede ejercer justicia fuera de la Ley, en este caso, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos es muy clara al señalar que sólo podía iniciarse el procedimiento, en el caso aplicable, dentro de un año después de que el servidor público concluyó el cargo y en ambos casos no se cumplió con estos requisitos que exige la ley”, explicó.\r\nPor su parte, el Diputado Fausto Gallardo García aclaró que al rechazar las solicitudes de juicio político “no se exonera a nadie”, no obstante, aclaró que como legisladores, están obligados a realizar únicamente lo que la Ley les permite como representantes del pueblo y ante estas solicitudes, la Ley invalidaba cualquier pretensión de juicio político pues dicha facultad prescribió al año después de que cumplieran con sus periodos de mandato.\r\nDurante la sesión del Pleno efectuada este 24 de marzo, la Comisión Jurisdiccional sometió a votación los dictámenes 9 y 11, donde se puso a consideración la solicitud de juicio político a los ex alcaldes del XX Ayuntamiento de Mexicali y Ensenada, mismo que fue rechazado por mayoría.\r\nDurante la discusión de los dictámenes, la Diputada Nereida Fuentes González argumentó que los Diputados del PRI y del PVEM no aprobaban la solicitud de juicio político contra Pelayo Torres porque el Congreso debió iniciar el procedimiento a más tardar el 30 de noviembre de 2014, para que fuera jurídicamente válido.\r\nEn relación al caso de Francisco Pérez Tejada, el diputado René Mendívil Acosta sostuvo que al igual que en el caso de Enrique Pelayo el procedimiento de juicio político únicamente podía iniciarse dentro de un año después de haber concluido el cargo y, en el caso, el artículo 13 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos establece que la denuncia de juicio político exige de la ratificación de la denuncia para que surta plenos efectos jurídicos, y, en consecuencia, constituye un requisito necesario para que la misma pueda tramitarse.\r\n“Si la denuncia se ratificó después de un año de que el servidor público ejerció el cargo, se actualiza la figura de la prescripción de la facultad para iniciar el procedimiento de juicio político y, en consecuencia, de la facultad sancionadora del Congreso, por lo que es conforme a Derecho desechar de plano la solicitud”, agregó.\r\nFinalmente, los Diputados René Mendívil y Fausto Gallardo, enfatizaron que el PRI y el PVEM, están en favor de la responsabilidad administrativa para que los que falten a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en la función pública sean llamados a rendir cuentas pero garantizando el principio de legalidad y de debido proceso que consagra la Constitución.

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