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CÁRCEL A QUIEN COBRE CON HOSTIGAMIENTO

Mexicali, B, C.- Cuatro fracciones políticas representadas en la XXI Legislatura propusieron una reforma al Código Penal para sancionar con cárcel a aquellas personas que recurran a acciones ilegales o de hostigamiento para requerir el pago de una deuda.\r\n\r\n La iniciativa fue presentada ante el Pleno de la asamblea durante la sesión ordinaria celebrada este día por la XXI Legislatura, la cual fue presidida por el diputado Felipe de Jesús Mayoral Mayoral, y leída en tribuna por el diputado Gerardo Álvarez Hernández, en representación de las fracciones parlamentarias del PAN, Panal, Pebc y PRD.\r\n\r\n En la máxima tribuna del Estado, el legislador panista propuso la reforma del Capítulo IV bis del título segundo (“Delitos contra la Libertad y Seguridad de las Personas”) así como la adición de un artículo 171 bis al Código Penal del Estado para considerar estas acciones, además de las sanciones que correspondan si se recurre al hostigamiento e intimidación, o se emplea documentación o sellos falsos, o se usurpan funciones públicas o de profesión.\r\n\r\nLa reforma propuesta establece: “Al que con la intención de requerir el pago de una deuda, ya sea propia del deudor o de quien funja como referencia o aval, utilice medios ilícitos e ilegítimos, se valga del engaño, o efectúe actos de hostigamiento, e intimidación, se le impondrá prisión de seis meses a dos años y una multa de ciento cincuenta a trescientos días de salario mínimo, además de las sanciones que correspondan si para tal efecto se emplearon documentación, sellos falsos o se usurparon funciones públicas o de profesión. Para la reparación del daño cometido se estará a lo dispuesto en el artículo 44 de este Código”.\r\n\r\n \r\n\r\nAl respecto, el diputado Gerardo Álvarez expuso, “se ha vuelto una práctica muy común que la cobranza extrajudicial efectuada por particulares, al pretender ejercer un derecho, emplean diversos medios de coacción y amenazas, como realizar llamadas en la noche, en la madrugada, en fines de semana o envíar cartas intimidatorias y amenazantes a hogares y lugares de trabajo de las personas que continúan en sus bases de datos, incluso llegando a la simulación de actos o documentos judiciales o administrativos, pretendiendo ejercer atribuciones que solo le corresponden a una autoridad”, explicó el diputado.\r\n\r\nAsimismo consideró que bajo ninguna circunstancia se debe permitir que la institución acreedora, por sí o por medio del representante legal, envíe documentos al deudor que aparenten ser escritos judiciales, comunicaciones a terceros ajenos a la obligación, por cualquier medio de comunicación en las que se da cuenta de la morosidad.\r\n\r\n“Lo que se pretende es frenar en la mayor medida posible que las empresas de cobranza y las personas que ahí laboran continúen utilizando prácticas ilegales y de no ser así, sean sancionados en virtud de los medios que utilizan para cobrar adeudos a clientes morosos y que para localizarlos molestan a familiares por medio de números que se dejaron de referencia”, concluyó.

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